La propuesta del gobierno para la nueva ley de Recuperación Judicial debería dar más poder a los acreedores de la empresa que enfrenta dificultades financieras y tiene que recurrir a instrumentos legales para evitar la quiebra.
Uno de los cambios más relevantes en la legislación actual (de 2005) es que los acreedores podrán presentar el plan de recuperación judicial; Hoy en día sólo los controladores pueden hacer esto. El punto es controvertido. Aunque les quita poder a los propietarios, muchas veces la forma de recuperar la empresa es eliminarlos y evitar que tomen decisiones que le quiten valor a la empresa cuando aún es posible salvarla.
Los defensores del cambio afirman que dar más poder a los acreedores podría reducir el costo financiero de las empresas que están a punto de entrar en recuperación judicial o acelerar el tiempo que pasan bajo el régimen cuando no hay otra alternativa. El objetivo del Gobierno es acortar el plazo medio de recuperación judicial a entre tres y cuatro años. Actualmente, según una encuesta de Serasa Experian, el tiempo es de casi cinco años. Y pocas empresas son realmente capaces de recuperarse: alrededor de una cuarta parte del total.
Grandes empresas, como Oi y la promotora inmobiliaria PDG Realty, se encuentran en recuperación judicial. Según Serasa, en los últimos dos años, más de 3.000 empresas solicitaron al Tribunal ingresar al régimen de recuperación.
Meirelles añadió que la nueva ley también debería animar a los bancos acreedores a conceder crédito a las empresas. La nueva contribución podría hacer que avancen en la cola para recibirla. Un segundo cambio importante en la nueva legislación debería ser la reducción del impuesto cobrado cuando la empresa negocia una reducción de deuda, en la jerga técnica «haircut».
Tratada por las autoridades tributarias como una ganancia de capital, la reducción implica el pago del Impuesto a la Renta superior al 30%. Esto aumenta la carga fiscal para una empresa que ya está en malas condiciones.
Una de las medidas que se estudian es ampliar el plan de cuotas, otra es permitir a la empresa utilizar créditos por pérdidas fiscales, que en algunos casos podrían anular el pago efectivo. La fase más delicada, sin embargo, es cuando la empresa tiene que enajenar activos para pagar deudas.
La nueva legislación debería dejar claro que quien compre una empresa de un grupo en crisis no asumirá deudas para todo el grupo. La legislación actual es vaga a este respecto, lo que genera incertidumbre para los compradores potenciales y reduce el valor de venta. Este rubro puede facilitar, por ejemplo, la salida de la crisis de contratistas involucrados en Lava Jato y que se encuentran en recuperación judicial, como OAS y UTC. Ambos tienen participaciones saludables en otras actividades, como concesiones de aeropuertos y metros.
También quedarán cubiertas las pequeñas empresas en recuperación, con un mecanismo para agilizar la limpieza de la denominación social. La idea inicial es que la propuesta sea tramitada como un proyecto de ley, redactado por el Senado, pero el camino legislativo aún estaba en discusión el fin de semana.
Fuente: Folha de SP